miércoles, 12 de junio de 2013

Inconstitucionalidad II

Página/12.
A última hora de ayer, Servini de Cubría declaró la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855 del Consejo de la Magistratura y del decreto 577/13 que convoca a elección por medio del voto popular de los consejeros que representan a abogados, jueces y académicos. Desde el FPV explicaron que la inscripción de la alianza se realizó hoy a las 10.30 porque la resolución judicial "será apelada y seguramente no quedará firme". El ministro de Justicia, Julio Alak adelantó que "el Estado nacional va a apelar este fallo", por el que "se pretende dictar la inconstitucionalidad de una ley absolutamente constitucional". Estimó, además, que la apelación de Gobierno contra el fallo de Servini de Cubría "tendría que ser entre hoy y el viernes, no más allá" y se manifestó confiado en que la Corte Suprema se va a expedir "favorablemente" a la postura gubernamental porque "la Constitución no es solamente la interpretación restrictiva del artículo 114" sino que "implica también otros artículos que hablan de que el acceso a los cargos públicos debe ser un derecho que los ciudadanos puedan votar".

 PD: Interesante cómo el ministro de Justicia decreta la constitucionalidad de una norma, hablando sin fundamentos (éticos ni) jurídicos, en un claro avance político contra las decisiones judiciales que gozan de total legitimidad. Una reforma de por sí superficial y articulada de manera pésima. Ya se anunciaron las próximas declaraciones de inconstitucionalidad, referidas sobre todo al alcance (y restricción) de las medidas cautelares.

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